Declaración obligatorias del sector Vitivinícola

Declaración de cosecha de Uva

Al amparo del artículo 3 del Real Decreto 739/2015, de 31 de julio, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola, todos los cosecheros (las personas físicas o jurídicas o sus agrupaciones que produzcan uva) deberán presentar anualmente una declaración de cosecha de uva que deberán cumplimentarse en el formulario siguiente:

Formulario declaración cosecha

Quedan exentos los cosecheros que cumplan las siguientes condiciones:

  • Destinen su producción total al consumo en estado natural, a la pasificación o a la transformación directa en zumo de uva.
  • Que su explotación tenga menos de 10 áreas de viña y no comercialicen la cosecha.

La declaración de cosecha se presentará hasta el 10 de diciembre de cada año, ante la Unidad del Área Vegetal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Declaración de producción

Al amparo del punto 2 del artículo 6 del Real Decreto 739/2015, de 31 de julio sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola, todos los productores (las personas físicas o jurídicas o sus agrupaciones que hayan producido mosto o vino de la uva fresca obtenidos por ellos mismos o comprados) deberán presentar anualmente (antes del 10 de diciembre) una declaración de producción de vino relativo a los datos de los proveedores y los justificantes de compra-venta de productos que deberán cumplimentarse en el formulario siguiente:

Formulario declaración de producción

Quedan exentos los productores que cumplan las siguientes condiciones:

  • Los productores que son cosecheros exentos de presentación de declaración de cosecha.
  • Los productores que obtengan una cantidad de vino inferior a 1.000 litros.