Los sistemas de pesca tradicionales

Las ordenanzas municipales de los pueblos por donde pasa el Deba, recogían en el pasado numerosas disposiciones sobre la pesca en el río "y los arroyos" cuya característica más destacable es la prohibición de casi todo.

Así las de Soraluce "Plazencia" en 1695 en el número 44 "sobre la caza y pesca" tras declarar que "muchos de los vecinos y moradores usaban de los ejercicios de caza y pesca con todo género de instrumentos prohibidos", establece que a partir de la fecha "no se podrá pescar con escopeta, anzuelos o la red que llaman benaca y butrinos pequeños ainguileros..." Gorosabel (Cosas memorables de Guipúzcoa) ya nos da cuenta de los litigios entre Vergara y Mondragón en 1709, sobre el tiempo de la veda y los instrumentos que deberían prohibirse para la pesca. También las de Deba de la época se refieren ampliamente a las actividades de la pesca estableciendo limitaciones sobre lo que se puede capturar, los medios que se prohiben utilizar y las fechas en que no está permitida la pesca.

Pero quizás sea la 32° ordenanza municipal de Elgoibar de 1762, que reproducidos,donde de manera más pormenorizada se detallan las prácticas prohibidas y que van desde la utilización de la cal y el zumo de nueces verdes machacadas, hasta las hierbas como la "mora" y las redes "varredera", "chingas","esparbel","remangas" o los butrinos grandes, llamados "arresias". Tampoco se puede pescar de noche con teas ni sin ellas "ni sacando la ría o arroios de su madre divertiendo las aguas por otro curso ni quando se abren las presas".

Todas estas estipulaciones de las normas y ordenanzas municipales nos permiten conocer con cierto detalle las prácticas habituales, aunque prohibidas, que utilizaban nuestros antepasados para pescar en el Deba.

Pescadoras Pescadoras de hace unos cincuenta años en el Río Deba cerca de la central de Mendiola, conocida como de Orbea, entre Maltzaga y Placencia.