Antecedentes históricos

Generalmente se admite que la denominación actual de práctico es una abreviatura de “piloto práctico” posiblemente porque en sus inicios únicamente se requería a estos profesionales el conocimiento del lugar en que ejercían su actividad. En casi todos los idiomas de nuestro entorno su nombre tradicional se derivó de las palabras holandesas “peilen” (medir) y “loot” (escandallo), relacionadas con la práctica de otros tiempos de navegar con una sonda manual para conocer el calado y la morfología de los fondos marítimos. Sin embargo de forma creciente se ha ido imponiendo el nombre de “piloto” expresado en cada idioma.

Algunos historiadores encuentran en los viajes marítimos de los romanos la presencia de algunos tripulantes que desempeñaban funciones que pudieran constituir un antecedente de los prácticos. Pero es en la Baja Edad Media cuando aparece la figura del “leman” encargado de la fijación de la ruta náutica. En 1282 el “Libre del Consolat de mar” de Barcelona en su capítulo 249 establece: “Cuando un patrón que ajusta fletes o es fletado para ir a cierta parte y por no tener seguridad ni él, ni ninguno de los que van en la nave, en aquel destino, tiene que alquilar piloto que lo sepa, y este afirma y dice al patrón que sabe con certeza el paraje a donde él quiere ir”.

A partir del siglo XIV las referencias específicas a los “lentsman”, “locmads”, “lemanes” o pilotos costeros son numerosas. El Consulado de Bilbao (1511-1830) en la Ordenanza de Lemanajes de 1561, reglamentó la actividad estableciendo “que es función del piloto “leman” entrar y sacar las naves y navíos”, imponiendo la obligatoriedad de superar exámenes para ejercer esta profesión, fijando sus retribuciones e imponiendo sanciones incluso corporales en los casos “de los delitos más graves”. También “Las ordenanzas de la gente de mar en Sanlucar” de 1590, regulan las actividades de los entonces llamados pilotajes.

Pero lo más destacable son las Ordenanzas Generales del Consulado de Bilbao de 1737 que bajo la influencia de las Ordenanzas de la Marina francesa de 1681 establecen en su capítulo 24 el practicaje obligatorio y en el “veintiséis” (treinta y ocho apartados) trata “De los pilotos lemanes, o de costa, y lo que deberán hacer, y llevar por razón de sus Limanges o Atuages”definiéndolos “como aquel que con título de Prior y Cónsules se dedica a entrar en el Puerto los Navíos, que se presentan, hasta ponerlos en el Surgidero acostumbrado, y después, cuando han de salir al Mar, sacarlos hasta fura de Barra, mediante los salarios, y emolumentos que se establecen”.

Atoiontzi batEntrada de un navío en el puerto de Pasajes al que precede la embarcación del práctico.(Foto de Javier Carballo).

Asimismo establece “que para ser admitido al examen, deberá tener cualquiera que pretenda el tal Titulo de Piloto Leman, á lo menos veinticuatro años de edad, y haber navegado cuatro años fuera de esa Costa en alta Mar; y será preguntado en el examen (entre otras cosas) de las maniobras, y Aparejos de los Navíos, y especialmente, de los cursos, y mareas, bancos, escollos, corrientes, puntas, y cabos en esta Costa, y de los demás embarazos que puedan impedir la entrada, y salida de las Rías, Puertos, y Surgideros de ella”.

Estas Ordenanzas establecían de manera pormenorizada las obligaciones y derechos de los pilotos lemanes. Su responsabilidad por los perjuicios que pudieran derivarse de su actuación. Se recoge en el apartado XI que “todo Piloto Leman que por ignorancia, malicia, embriaguez, ú otro motivo, hiciere varar, ó perder algún Navío; además de estar obligado á pagar con sus bienes los daños que causare, será privado de oficio, y castigado por todo rigor”.

Las lanchas de los pilotos lemanes “tripuladas con siete remos, a saber, seis hombres y un muchacho” montaban guardia en el mar a la distancia fijada por el Consulado en espera de atisbar alguna embarcación momento en el que partían en su busca originándose regatas pues el que primero llegaba era el que conseguía el trabajo de guiarlos al puerto y los consiguientes ingresos.

En las “Ordenanzas de la gente de mar de Sanlucar“ de 1590 a la que anteriormente nos hemos referido, en el artículo primero del capítulo de “Pilotajes” se establece: “Que cualquiera Nao que fure tocada en la Mar por cualquier Piloto de esta ciudad, con su barco, que otro piloto no la pueda meter en el Puerto de esta ciudad, ni sacarla de él, so pena de que por el mismo hecho haya perdido el Pilotaje que en ello ganare, y sea para el Piloto que primero la tocó, y demás pague quinientos maravedíes, y esté diez días preso en la cárcel; todo lo cual proceda y haya lugar cuando el Piloto que la tocó estuviere en esa ciudad, y acudiere a meter la dicha Nao por la Barra, al tiempo que la dicha Nao demandare Piloto”.

Lo mismo ocurría en otros puertos lo que explica que rememorando aquellas carreras, anualmente se celebra en Amberes la llamada “regada de los prácticos”.

Las Ordenanzas de la Ilustre Universidad, Casa de Contratación y Consulado de San Sebastián de 1766 también regulan en detalle el nombramiento y la actuación de los pilotos-lemanes y prácticos de costa.

Pero desde principios del siglo XIX empieza a limitarse, hasta la supresión, la autonomía del consulado con la creación de la figura del “Capitán de Puerto” y finalmente la aplicación del Código de Comercio.

Los prácticos de nuestros puertos han seguido ejerciendo su función aplicándoseles la legislación general. Actualmente casi una treintena de estos profesionales presta sus servicios veinticuatro horas al día durante todo el año, distribuidos 17 en Bilbao, 2 en Bermeo y 5 en cada puerto de Pasajes y Baiona. Oficialmente hay asignados, aunque no ejercen otros dos, uno en Lequeitio/Ondarroa y otro en Zumaia. Hay que recordar que en 1889 solo en la ría bilbaína “el número de prácticos lemanes era de 80 y el de locales 30”. Actualmente en más de cuarenta puertos españoles, el número de profesionales supera los 200 y a nivel europeo se sitúa en torno a los 4.700.

Además los prácticos contratan un notable número de auxiliares como los patrones y mecánicos que atienden las lanchas, así como radiotelefonistas y en algunos casos, los encargados del control y seguimiento así como el personal administrativo, convirtiéndose en empresarios.

Sinan AlpoganFotografía obtenida desde el puente del buque Sinan Alpogan de 168 m. de eslora, entrando en el puerto de Pasajes.(Foto Beloki).