Contrato de aprendizaje

En el pasado el maestro cirujano era al propio tiempo barbero y sangrador. Estas actividades consistían en "hacer curas en zonas infectadas o afectadas" así como "rasurar la barba y cortar el pelo" y "hacer sangrías a base de aberturas en las venas". El oficio se aprendía con un maestro, que a su vez lo había adquirido de otro y tras años de prácticas.

El 1 de diciembre de 1655 se presentan ante el cirujano elgoibarrés, Juan de Alzuaran, un vecino de Arechavaleta con su hijo para llegar a un acuerdo y firmar un contrato para que enseñase a este último el oficio de barbero y sangrador.

Como el aprendiz tenía 14 años, era necesario el permiso de su padre y además por no haber tenido experiencias anteriores en el oficio, el padre tuvo que pagar 20 ducados, la mitad para el día de San Juan Bautista del año 1656 y los 10 restantes al año de haber escriturado el aprendizaje, todo ello sin mayor plazo ni demora alguna.

Durante los 4 años que iba a durar el aprendizaje, estaba obligado a servir de la mejor manera y fielmente. Además, aunque no se encontrase a gusto con el maestro-, una vez firmado el contrato no podía fugarse, ni ausentarse de su casa. De hacer alguna de las dos cosas, una vez finalizado el contrato de aprendizaje, cumpliría dos días más por cada día que faltase. Al maestro le era igual que enfermase, puesto que de caer en esta situación, también se obligaba a cumplir la condición anterior. Suponemos que era para completar las clases prácticas necesarias para después desarrollar su trabajo con la garantía suficiente.

Era obligación del maestro, el enseñarle el oficio con toda seguridad, encargarse de su alimentación y de la limpieza corporal. Sin embargo el padre debía responsabilizarse de su vestimenta y calzado, así como facilitarse las navajas, tijeras y herramientas necesarias para que su hijo se ejercitase en el oficio que quería aprender, para de esta manera poder vivir honestamente. (Archivo Histórico Protocolos Gipuzkoanos de Oñate, Legajo 1-1424, folio 130).